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Integrantes del Congreso Nacional Ciudadano (CONACI) han comenzado a interponer solicitudes de Amparo contra la Ley de Seguridad Interior desde finales del año pasado. Se declaran a la ofensiva contra la “represión” del presidente Enrique Peña Nieto mediante la “militarización” del país.

“Ya sabemos que el sistema político esta podrido, nos divide en colores, nos vende espejitos, nos lleva a su juego día con día, nos roba, saquea, se burla del pueblo y con nuestro dinero simula un democracia que es legitimada por un pueblo con hambre e ignorancia que cree que haciendo fila para votar por los mismos de siempre, va a cambiar el resultado” publicaron el 27 de diciembre pasado en su página web.

El CONACI con células activas en distintas entidades del país, advierte haber pasado de la protesta enérgica, de la marcha, de la presión social a la acción legal y con estos Amparos ponen su esperanza en el Poder Judicial, tras confirmar que el Ejecutivo y Legislativo únicamente son tiranos en contra del pueblo mexicano que cada vez tiene más pobres, menos empleo y escasas oportunidades de crecimiento. Hoy se amparan contra la “militarización” deseando que la Suprema Corte de Justicia reconozca que la Ley de Seguridad Interior es inconstitucional.

Los actos en reclamo basados en un supuesto análisis a la redacción de la ley impulsada por el Gobierno Federal van dirigidos sobre algunos artículos que a decir de los del CONACI son “contradictorios” y en este debate o intención de tumbar la dichosa ley, también se involucran  integrantes del CONACI celula Tampico.

Los artículos “contradictorios” son los siguientes:

a) Artículo 2 Ley de Seguridad Interior (en adelante LSI); “La Seguridad Interior es la condición proporciona el Estado mexicano que permite salvaguardar la permanencia y continuidad de sus órdenes de gobiernos e instituciones, así como el desarrollo nacional mediante el mantenimiento del orden constitucional, el Estado de Derecho y la gobernabilidad democrático en todo el territorio nacional. Comprende el conjunto de órganos, procedimientos y acciones destinados para dichos fines, respetando los derechos humanos en todo el territorio nacional, así como para prestar auxilio y protección a las entidades federativas y los municipios, frente a riesgo y amenazas que comprometan o afectan la seguridad nacional en los términos de la presente ley.” ​

Por lo anterior el CONACI supone que: toda vez, que su contenido en esta ley ni supletoriamente en la Ley de Seguridad Nacional, ni la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la definición expresa de Institución o instituciones, por la cual cabe la ambigüedad del señalamiento dela palabra “Instituciones”, así como “su gobernabilidad”, por lo que al no ser claro qué es lo que se protege, determina una inexactitud de la semántica de la misma. Ya que toda vez que está dirigida prioritariamente al uso de las Fuerzas Armadas a todo aquello que discrecionalmente entiendan las Autoridades como “amenaza”, y que la motivación de la ésta ley, al salvaguardo, vigilancia y permanencia de la misma, no confiere sentido práctico de interpretación jurídica de la misma; dejando así incierta e ineficiente la creación y motivación de la misma ley como tal.

Y continúan desglosando…

b) El artículo 3 de la LSI, establece “En el ejercicio de las atribuciones de Seguridad Interior,  se observarán los principios previstos en el artículo 4 de la Ley de Seguridad Nacional y los de racionalidad, oportunidad, proporcionalidad, temporalidad, subsidiariedad y gradualidad, así como las obligaciones relativas al uso legítimo de la fuerza.”; así mismo el artículo 4 de la Ley de Seguridad Nacional, expresa lo siguiente: “La Seguridad Nacional se rige por los principios de legalidad, responsabilidad, respeto a los derechos fundamentales de protección a la persona humana y garantías individuales y sociales, confidencialidad, lealtad, eficiencia, coordinación y cooperación.”

Por lo que refieren es un acto violatorio y que vulnera la eficiencia del artículos 1, 29 y 35 fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en adelante “CPEUM” o “Carta Magna” o “Constitución Federal”), que refiere a la reducción o suspensión de garantías que fuesen obstáculo para hacer frente, rápida y fácilmente la situación en casos de invasión, perturbación grave de la paz pública, o de cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto; toda vez que aún y que la LSI, no emite una suspensión de garantías expresa, pero actúa de facto la aplicación de suspensión de garantías y restricciones de los derechos humanos, dejando dicha ley en su improcedencia ya que atenta sobre los derecho humanos propios y reconocidos por el artículo 1 de la CPEUM, así como los derechos políticos-civiles reconocidos por el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Americana de los Derechos Humanos y la Declaración Universal de los Derechos Humanos, mismas que el Estado Mexicano es firmante y se obligó a adecuar su derecho positivo en virtud del beneficio al hombre como ente de la sociedad y su funcionamiento primordial. Así también, la libertad expedida por la Constitución Federal, de participar las políticas públicas en lo individual y en lo colectivo y por ello, participar en temas de interés legítimo y adherente a dichas políticas que afectan la libertad como derecho fundamental de las personas de manera directa e indirectamente de las personas. Por ello, determinado en estos preceptos legales confiere al hombre como institución base de la sociedad y del Estado mismo.

c) Del mismo modo, el artículo 7 de la LSI, establece lo que se entenderá por cada uno de los términos referidos, sin embargo, no se encuentra ninguno que especifique textualmente “seguridad Interior”, “instituciones” “grave riesgo”, además se encuentra no clara la conceptualización de la definición del “Uso legítimo de la fuerza”, pues al no definirse “actos de resistencia”, deja situaciones dubitativas en el ejercicio del “Uso de la legítima fuerza”, si bien es claro que la ambigüedad, vicios en la redacción e imprecisión en la redacción del legislador no es motivo para la declaratoria de su inconstitucionalidad, resulta no ser consistente y al no existir el concepto redactado por el legislador en ninguna ley existente, entonces no es motivo de su aplicación y por lo conducente no se puede aplicar ni ejecutar lo que no existe.

d) Artículo 9 “La información que se genere con motivo de la aplicación de la presente ley, será considerada de Seguridad Nacional, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables”. El hecho textual del presente precepto legal, refiere a la persona que enmarque, hable, interactúe, emane, investigue,emita información que genere o refiera por motivos de esta ley, será motivo de la aplicación de la presente ley y por ende podrá ser considerado un “riesgo” a la LSI, por lo que, vulnera y atenta toda libertad de expresión y de acceso a la información pública, comprendidos en el numeral 6to. De la Constitución Federal. De esta ley desprende varios supuestos normativos, pues, en todo momento un derecho legítimo el tener conocimiento del desempeño de las funciones de cualquier órgano de gobierno, incluyendo las Fuerzas Armadas, en el principio contenido en el mismo numeral como de “máxima difusión”, a su vez esta misma ley representa un menoscabo a la información pública contenido en el apartado A del mismo precepto legal, pues, el Estado teniendo la capacidad discrecional de correlacionar cualquier actividad que detente o ponga en riesgo a las “Instituciones” y su “gobernabilidad”, podrá ser sujeta a investigaciones de cualquier clase como “inteligencia para la Seguridad Interior”, “Uso legítimo de la fuerza”, lo que lo vuelve un sujeto vulnerable y amedrentadopor el sistema del propio Estado y así lo vulnera sus derechos más legítimos y elementales de la libertad de expresión y acceso a la información pública.

e) En relación a los preceptos número 11 y 12, que en su literalidad expresa “Corresponde a las autoridades federales, incluyendo las Fuerzas Armadas, por sí o en coordinación de las demás órdenes de gobierno, identificar, prevenir, atender, reducir y contestar la Amenazas a Seguridad Interior.

El Presidente de la República podrá ordenar por sí o a petición de las legislaturas de las Entidades Federativas, o de su Ejecutivo en caso de receso de aquellas, la intervención de la Federación para la realización e implementación de Acciones de Seguridad Interior en el territorio de una Entidad Federativa o zona geográfica del país, previa emisión de una Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior, cuando se actualice alguna de las siguientes Amenazas a la Seguridad Interior y estas:

• Comprometan o superen las capacidades efectivas de las autoridades competentes para atenderla, o

• Se originen por la falta o insuficiente colaboración de las entidades federativas y municipios en la preservación de la Seguridad Nacional, de conformidad con lo previsto en el segundo párrafo del artículo 1 de la Ley de Seguridad Nacional.

Aquellas amenazas a la Seguridad Interior  que no requieran declaratoria en términos del presente artículo serán atendidas por las autoridades conforme a sus atribuciones y a las disposiciones legales que le resulten aplicables.” Así como el artículo 12 “En los casos a los que se refiere el artículo anterior, el Presidente de la República, previa consideración del Consejo de Seguridad Nacional, determinará la procedencia de la intervención de la Federación y expedirá, dentro de las setenta y dos horas siguientes, contadas a partir recibir solicitud, la Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior, la cual deberá modificarse por conducto de la Secretaría de Gobernación a la Comisión Bicameral de Seguridad Nacional y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, así como publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en los periódicos o gacetas oficiales de las entidades federativas afectadas.” Ambos artículos contravienen el artículo 21 Constitucional, pues ya que el ejercicio de investigación de los Delitos corresponde en todo momento al Ministerio Público y a las policías. Si bien, desempeñaran auxilio a las policías municipales y/o estatales, la participación y esencia de la declaratoria de Seguridad Interior e intervención de las Fuerzas Armadas es por verse rebasadas las policías del orden civil, por lo que la aplicación de las Fuerzas Armadas en labores de control y vigilancia es únicamente y por las fuerzas públicas civiles.

Además, en el cuarto párrafo del mismo artículo citado, expresa “La seguridad pública es una función a cargo de la federación, las entidades federativas y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva… (Ídem)” por ello, existiría una contradicción de funciones y que al mismo tiempo contraviene la Constitución Federal, y por ello vuelve inconstitucional la ley.

f) El artículo 30 de la LSI, “Las Fuerzas Federales y las Fuerzas Armadas desarrollarán actividades de inteligencia en materia de Seguridad Interior en los ámbitos de sus respectivas competencias. Al realizar las tareas de inteligencia, las autoridades facultadas por esta Ley, podrán hacer uso de cualquier método lícito de recolección de información

Toda obtención de información de inteligencia se realizará con pleno respeto a los derechos humanos reconocidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.” Sin embargo, al referirse que “podrán hacer uso de cualquier método lícito de recolección de información”, no se especifica cuáles son los métodos lícitos para el ejercicio de la obtención de datos. Lo que al ser obscuro o ambiguo el proceso de su realización contraviene el artículo 16.Constitucional, lo cual resulta improcedente e inaplicable y además detenta y genera un menoscabo a la esfera jurídica de las personas.

De verdad que da gusto ver como los ciudadanos toman en cuenta las instituciones para combatir y luchar por lo que sugieren va contra los mexicanos, ahora habrá que esperar la resolución y respetar sea cual sea el fallo.

davidcastellanost@hotmail.com

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Opinión

La guerra invisible sigue su curso

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En medio de la vorágine diaria que representa mantener un país a flote entre tantos frentes abiertos, la Secretaría de Marin- Armada de México (SEMAR), y en coordinación con la Fiscalía General de la República, logró un nuevo golpe al crimen organizado.

En esta ocasión fue un operativo directo al corazón del noroeste nacional, en el poblado de Abuya, Culiacán, Sinaloa, fue localizado y desarticulado un laboratorio clandestino de drogas sintéticas que operaba en un espacio de 80 por 30 metros, dedicado —presuntamente— a la producción masiva de metanfetaminas.

El hallazgo no solo incluyó toneladas de sustancias en diversas fases de producción, sino también más de mil litros de precursores químicos líquidos y más de dos toneladas de insumos sólidos. En cifras, el daño económico a las estructuras criminales se traduce en más de 81 millones de pesos, aunque la verdadera cifra de impacto, más allá del dinero, es la cantidad de dosis que no llegarán a las calles.

La quema y destrucción inmediata de los químicos, materiales y estructuras utilizadas para la fabricación de droga es una señal firme de que las instituciones no están cruzadas de brazos. Se trata de un esfuerzo que, si bien no detiene la maquinaria del narco, sí interrumpe sus ciclos operativos, debilita su capacidad logística y frena temporalmente su expansión. Y eso, en este ajedrez violento que vivimos, también es ganancia.

El crimen organizado no duerme, muta, se adapta y responde. Por ello, acciones como esta deben ser replicadas y fortalecidas en todo el territorio nacional, porque cada laboratorio desmantelado es una trinchera menos para quienes han convertido la salud pública en moneda de cambio.

En la intimidad… Mientras tanto, acá, donde tampoco se cantan tan mal las rancheras, pero, donde de repente se respira alivio; en Tamaulipas, el gobernador Américo Villarreal Anaya, ordenó que a  partir del 1 de agosto y hasta el 30 de septiembre, todos los propietarios de motocicletas con adeudos fiscales tendrán la oportunidad de regularizar su situación sin pagar un solo peso en recargos, multas o actualizaciones.

El secretario de Finanzas, Jesús Lavín Verástegui, dejó claro que el objetivo es doble: mejorar el control vehicular y robustecer la seguridad pública. Con ello, se pretende cerrar una de las brechas más vulnerables que, por años, ha sido usada para fines delictivos: las motocicletas sin regularizar. Ahora, cualquier ciudadano que cuente con su licencia de conducir vigente podrá pagar una tarifa especial de 870 pesos y salir del limbo legal.

Este tipo de decisiones evidencian una política pública sensible y con enfoque social. No se trata solo de números, sino de facilitar el cumplimiento ciudadano sin asfixiar los bolsillos, abriendo una ventana de oportunidad para poner en orden lo que, muchas veces, quedó al margen por falta de recursos.

Regular no solo implica fiscalizar. En Tamaulipas, la regularización también se traduce en paz vial, movilidad responsable y una estrategia clara para garantizar seguridad a largo plazo. No hay pretexto. La puerta está abierta y la ruta, trazada.

davidcastellanost@hotmail.com
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Opinión

Infancia trunca y derechos vulnerados

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Por: Zaira Rosas
zairosas.22@gmail.com

En México miles de niñas se convierten en madres aún contra su voluntad, tan
solo en 2024, más de 56 mil niñas entre 10 y 16 años dieron a luz, este dato por sí
solo es alarmante, pues nos habla de infancias truncadas, de un sistema que en la
ley dice proteger a los menores, pero en su aplicación se queda corto, pues
aunque la constitución marca los 18 años como edad mínima para contraer
matrimonio, hay zonas en las que aún se permite el matrimonio infantil y muchas
de las menores que llegan a una clínica de salud terminan declarando vivir en
unión libre.
Detrás de las cifras que indican que alrededor de 22 niñas se convierten en
madres cada día, también hay mucha violencia, comenzando por datos de abuso
sexual, pues es aberrante pensar que hay diferencias de hasta 75 años entre los
padres y las madres que han dado a luz. Datos publicados por la secretaría de
salud muestran a niñas desde los 10 años truncando una infancia por tener que
convertirse en madres, un gran número aún contra su voluntad y el resto sin
siquiera tener la madurez para poder hablar de un consentimiento.
El tema es polémico no solo por las diferencias de edad entre los padres y las
madres, lo es porque a esa edad no se tiene ni la madurez física ni emocional
para poder hablar de una relación consensuada, claramente estas cifras muestran
una violencia estructural donde se cruza también otra realidad latente en el país, la
pobreza que muchas veces se disfraza de usos y costumbres para justificar que
una niña sea entregada en matrimonio o vendida a alguien de la tercera edad.
Las Entidades con mayor índice de matrimonios infantiles y alumbramientos son
Chiapas, Guerrero, Estado de México, Veracruz y Puebla, de los nacimientos
reportados solo un 14% corresponde a comunidades indígenas, por lo que las
diferencias mostradas y el que tantas menores se vean en la necesidad de
convertirse en madres en realidad responde a un abuso sostenido, donde los
padres pertenecen incluso a círculos cercanos en la familia o son partícipes de
redes de trata de personas y prostitución.
Con la viralización de estos datos surgieron también comentarios activistas que
exigen la no normalización de esta información, si bien hay Estados donde los
números crecen la realidad no es ajena a lo largo y ancho del país, tampoco está
limitada a contextos rurales, pero sí tiene estrecha relación con el abuso sexual, lo
que nos exige generar una mayor prevención en los distintos espacios.
No se trata solo de una infancia trunca, sino de los derechos vulnerados de
mujeres que ni siquiera tuvieron oportunidad de defender su cuerpo e incluso de
decidir si querían o no ser madres. Personas como Olga Sánchez Cordero, ex

secretaria de gobernación, mostraron su inconformidad a través de redes sociales
e hicieron un llamado para regular la interrupción legal del embarazo pues en más
de un caso además de las secuelas físicas de estas vivencias, quedan daños
psicológicos y emocionales.
Estos datos deben conocerse y viralizarse pues son un llamado urgente para que
las niñas puedan disfrutar de un desarrollo libre de violencias, como sociedad nos
pide no normalizar estos sucesos, tener más atención a comportamientos de
violencia dentro del hogar, mantener una educación sexual clara en los distintos
niveles educativos, no revictimizar en las distintas dependencias de salud y ofrecer
un acompañamiento legal y psicológico a las víctimas de abuso sexual, porque
aunque nos cueste nombrarlo cada uno de esos embarazos es producto de un
abuso pues se trata de encuentros entre adultos con menores.
De los países de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico
(OCDE), México tiene la tasa más alta de natalidad en mujeres adolescentes, no
podemos seguir considerando esto como una excepción o problema ajeno, urge
poner a las infancias al centro para avanzar hacia una nación más justa, igualitaria
y humana.

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Opinión

Defender la verdad frente a la injuria

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La importancia de la verdad en el periodismo

Recientemente, en el sur de Tamaulipas, un reportero local de nombre Esteban Paredes sufrió una agresión física por parte del chofer de la presidenta del Sistema DIF Tampico.

Este colega, conocido más por su activismo que por su labor periodística, suele involucrarse de manera excesiva en los conflictos que cubre, tomando partido por una de las partes. Lamentablemente, en este caso, pasó de ser víctima a convertirse en victimario.

En un intento aparente por dañar la imagen del Gobierno Municipal, el reportero modificó su declaración ante la fiscalía, acusando a una compañera periodista —actualmente coordinadora de comunicación social del DIF— como su principal agresora.

Sin embargo, los videos que él mismo difundió en redes sociales muestran claramente que los principales involucrados en el altercado fueron él y el chofer, mientras que la compañera quedó atrapada en medio de los empujones.

En su transmisión en vivo inicial, el reportero señaló únicamente a su atacante, refiriéndose a una sola persona.

No obstante, desde el hospital, cambió su versión, acusando exclusivamente a la periodista y omitiendo al verdadero responsable.

Es evidente que, desde un punto de vista mediático, acusar a una empleada municipal resulta más conveniente que señalar a un chofer.

Debo aclarar que cualquier tipo de agresión a reporteros o representantes de medios de comunicación en el ejercicio de sus funciones es inaceptable y debe condenarse, pero en este caso ella, la compañera periodista no tiene responsabilidad.

Como periodista con casi 30 años de experiencia, siempre he defendido la libertad de expresión y el respeto al trabajo que realizamos en diversos ámbitos. Este es un derecho constitucional.

Sin embargo, también tenemos obligaciones éticas, y una de las principales es garantizar que lo que reportamos sea veraz.

Un reportero debe informar sobre los hechos de manera objetiva, dando espacio a todas las partes involucradas.

Cuando un periodista se involucra de manera tan parcial, deja de ser un informador para convertirse en activista. Esto no es ilegal, pero debe aclararse.

Escudarse en el ejercicio periodístico para acusar a la autoridad o incitar a la opinión pública, arengar a la gente, no es ético.

El verdadero periodismo cuestiona, investiga, recopila pruebas y las presenta de forma clara para demostrar si una autoridad incurre en irregularidades. Señalamientos sin fundamento solo conducen a la injuria y la calumnia.

En las columnas de opinión, expresamos puntos de vista personales sobre hechos reales, pero también buscamos proponer soluciones basadas en un análisis objetivo.

En este caso, es lamentable que un reportero haya pasado de víctima a victimario.

La reacción del gremio periodístico, que mayoritariamente defendió a la compañera señalada, respaldando su trayectoria y profesionalismo, refleja la diferencia de credibilidad entre ambos.

Este episodio debe servir como un recordatorio de la importancia de la verdad y la responsabilidad en nuestra profesión.

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Opinión

Teletón, una causa que transforma… ¿de verdad?

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En Tamaulipas, la institucionalidad sigue apostando al poder de la solidaridad. Con el lema “Teletón cambia todo”, la presidenta del Sistema DIF Tamaulipas, María de Villarreal, dio el banderazo al boteo 2025, marcando el inicio de una nueva etapa en la recaudación social, esa que, cada año, despierta voluntades y también voces críticas.

Desde la explanada del DIF Estatal, la doctora Villarreal no vaciló al recalcar el compromiso de su administración con esta causa. Américo Villarreal Anaya y ella, insistió, han procurado estar presentes en todas las acciones que tienden la mano a los más vulnerables. Y esta vez no fue la excepción: la presidenta del DIF convocó a las titulares de los DIF municipales y a los Voluntariados de la Esperanza, para continuar un trabajo que, a su juicio, transforma vidas y mantiene la confianza intacta en la Fundación Teletón.

Durante el acto, Baldomero López Zamora, director general del CRIT Tamaulipas, lanzó elogios abiertos hacia el gobernador del estado, atribuyéndole un “profundo sentido humanista” que ha sido, según sus palabras, decisivo para mantener en pie al centro de rehabilitación. En el mismo tono, reconoció el liderazgo de la doctora Villarreal, destacando que la discapacidad no define el futuro cuando hay voluntad y compromiso institucional.

Este año, el DIF Estatal distribuye 381 ánforas en los 43 municipios y en cada Voluntariado de la Esperanza, buscando una meta que, aunque no se menciona con exactitud, apunta a superar los récords anteriores. Se anhela que cada moneda depositada se convierta en una oportunidad para los niños y jóvenes con discapacidad.

La Fundación Teletón entregó un reconocimiento especial a la doctora Villarreal por su compromiso en la edición pasada, además de distinguir a los municipios de Tampico, Reynosa, Altamira, Madero, Río Bravo y Mante, por haber encabezado la recaudación estatal en 2024.

Sin embargo, detrás de los aplausos y las fotografías, asoma un viejo dilema: ¿hasta dónde la filantropía debe seguir con lo que tendría que garantizar el Estado? ¿Hasta cuándo los ciudadanos seguirán asumiendo como propio un esfuerzo que, en realidad, es una obligación pública? Por ahora, la esperanza sigue su curso, y las ánforas volverán a circular por cada rincón del estado con esa confianza dada al Teletón y al DIF de la Dra. Villarreal.

En la intimidad… La alcaldesa de Tampico, Mónica Villarreal Anaya, ha demostrado una actitud distinta, sensible y cercana, que contrasta con los discursos grandilocuentes. Su gobierno, en medio de la emergencia por la creciente del río Tamesí, ha ofrecido respuestas inmediatas y efectivas.

Durante la novena reunión de coordinación con autoridades federales, estatales y municipales, la alcaldesa destacó la entrega de despensas, apoyos alimentarios y agua potable en el Sector Moscú, uno de los más afectados por las inundaciones. La participación de la Secretaría de Marina, la Secretaría de la Defensa Nacional y los tres niveles de gobierno fue fundamental para atender a cientos de familias damnificadas.

Más allá del protocolo, destaca el esfuerzo discreto pero contundente de los voluntarios y personal municipal, quienes prepararon y distribuyeron alimentos calientes casa por casa. Las acciones también incluyeron la entrega de insumos básicos, limpieza y la habilitación de albergues donde aún permanecen decenas de personas que lo perdieron todo.

Lo más significativo de esta historia, sin embargo, es la forma en que la alcaldesa ha sostenido su compromiso de no abandonar a las familias damnificadas. Desde los recorridos en las colonias hasta la gestión para restablecer servicios básicos como la energía eléctrica, Villarreal Anaya ha sabido colocarse del lado correcto: el de la gente.

En cada visita, deja claro que el gobierno municipal, respaldado por la coordinación estatal y federal, seguirá trabajando hasta que el último vecino pueda volver a su hogar en condiciones dignas. Aquí, la esperanza no es discurso, sino acciones concretas.

davidcastellanost@hotmail.com
@dect1608

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