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Integrantes del Congreso Nacional Ciudadano (CONACI) han comenzado a interponer solicitudes de Amparo contra la Ley de Seguridad Interior desde finales del año pasado. Se declaran a la ofensiva contra la “represión” del presidente Enrique Peña Nieto mediante la “militarización” del país.

“Ya sabemos que el sistema político esta podrido, nos divide en colores, nos vende espejitos, nos lleva a su juego día con día, nos roba, saquea, se burla del pueblo y con nuestro dinero simula un democracia que es legitimada por un pueblo con hambre e ignorancia que cree que haciendo fila para votar por los mismos de siempre, va a cambiar el resultado” publicaron el 27 de diciembre pasado en su página web.

El CONACI con células activas en distintas entidades del país, advierte haber pasado de la protesta enérgica, de la marcha, de la presión social a la acción legal y con estos Amparos ponen su esperanza en el Poder Judicial, tras confirmar que el Ejecutivo y Legislativo únicamente son tiranos en contra del pueblo mexicano que cada vez tiene más pobres, menos empleo y escasas oportunidades de crecimiento. Hoy se amparan contra la “militarización” deseando que la Suprema Corte de Justicia reconozca que la Ley de Seguridad Interior es inconstitucional.

Los actos en reclamo basados en un supuesto análisis a la redacción de la ley impulsada por el Gobierno Federal van dirigidos sobre algunos artículos que a decir de los del CONACI son “contradictorios” y en este debate o intención de tumbar la dichosa ley, también se involucran  integrantes del CONACI celula Tampico.

Los artículos “contradictorios” son los siguientes:

a) Artículo 2 Ley de Seguridad Interior (en adelante LSI); “La Seguridad Interior es la condición proporciona el Estado mexicano que permite salvaguardar la permanencia y continuidad de sus órdenes de gobiernos e instituciones, así como el desarrollo nacional mediante el mantenimiento del orden constitucional, el Estado de Derecho y la gobernabilidad democrático en todo el territorio nacional. Comprende el conjunto de órganos, procedimientos y acciones destinados para dichos fines, respetando los derechos humanos en todo el territorio nacional, así como para prestar auxilio y protección a las entidades federativas y los municipios, frente a riesgo y amenazas que comprometan o afectan la seguridad nacional en los términos de la presente ley.” ​

Por lo anterior el CONACI supone que: toda vez, que su contenido en esta ley ni supletoriamente en la Ley de Seguridad Nacional, ni la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la definición expresa de Institución o instituciones, por la cual cabe la ambigüedad del señalamiento dela palabra “Instituciones”, así como “su gobernabilidad”, por lo que al no ser claro qué es lo que se protege, determina una inexactitud de la semántica de la misma. Ya que toda vez que está dirigida prioritariamente al uso de las Fuerzas Armadas a todo aquello que discrecionalmente entiendan las Autoridades como “amenaza”, y que la motivación de la ésta ley, al salvaguardo, vigilancia y permanencia de la misma, no confiere sentido práctico de interpretación jurídica de la misma; dejando así incierta e ineficiente la creación y motivación de la misma ley como tal.

Y continúan desglosando…

b) El artículo 3 de la LSI, establece “En el ejercicio de las atribuciones de Seguridad Interior,  se observarán los principios previstos en el artículo 4 de la Ley de Seguridad Nacional y los de racionalidad, oportunidad, proporcionalidad, temporalidad, subsidiariedad y gradualidad, así como las obligaciones relativas al uso legítimo de la fuerza.”; así mismo el artículo 4 de la Ley de Seguridad Nacional, expresa lo siguiente: “La Seguridad Nacional se rige por los principios de legalidad, responsabilidad, respeto a los derechos fundamentales de protección a la persona humana y garantías individuales y sociales, confidencialidad, lealtad, eficiencia, coordinación y cooperación.”

Por lo que refieren es un acto violatorio y que vulnera la eficiencia del artículos 1, 29 y 35 fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en adelante “CPEUM” o “Carta Magna” o “Constitución Federal”), que refiere a la reducción o suspensión de garantías que fuesen obstáculo para hacer frente, rápida y fácilmente la situación en casos de invasión, perturbación grave de la paz pública, o de cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto; toda vez que aún y que la LSI, no emite una suspensión de garantías expresa, pero actúa de facto la aplicación de suspensión de garantías y restricciones de los derechos humanos, dejando dicha ley en su improcedencia ya que atenta sobre los derecho humanos propios y reconocidos por el artículo 1 de la CPEUM, así como los derechos políticos-civiles reconocidos por el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Americana de los Derechos Humanos y la Declaración Universal de los Derechos Humanos, mismas que el Estado Mexicano es firmante y se obligó a adecuar su derecho positivo en virtud del beneficio al hombre como ente de la sociedad y su funcionamiento primordial. Así también, la libertad expedida por la Constitución Federal, de participar las políticas públicas en lo individual y en lo colectivo y por ello, participar en temas de interés legítimo y adherente a dichas políticas que afectan la libertad como derecho fundamental de las personas de manera directa e indirectamente de las personas. Por ello, determinado en estos preceptos legales confiere al hombre como institución base de la sociedad y del Estado mismo.

c) Del mismo modo, el artículo 7 de la LSI, establece lo que se entenderá por cada uno de los términos referidos, sin embargo, no se encuentra ninguno que especifique textualmente “seguridad Interior”, “instituciones” “grave riesgo”, además se encuentra no clara la conceptualización de la definición del “Uso legítimo de la fuerza”, pues al no definirse “actos de resistencia”, deja situaciones dubitativas en el ejercicio del “Uso de la legítima fuerza”, si bien es claro que la ambigüedad, vicios en la redacción e imprecisión en la redacción del legislador no es motivo para la declaratoria de su inconstitucionalidad, resulta no ser consistente y al no existir el concepto redactado por el legislador en ninguna ley existente, entonces no es motivo de su aplicación y por lo conducente no se puede aplicar ni ejecutar lo que no existe.

d) Artículo 9 “La información que se genere con motivo de la aplicación de la presente ley, será considerada de Seguridad Nacional, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables”. El hecho textual del presente precepto legal, refiere a la persona que enmarque, hable, interactúe, emane, investigue,emita información que genere o refiera por motivos de esta ley, será motivo de la aplicación de la presente ley y por ende podrá ser considerado un “riesgo” a la LSI, por lo que, vulnera y atenta toda libertad de expresión y de acceso a la información pública, comprendidos en el numeral 6to. De la Constitución Federal. De esta ley desprende varios supuestos normativos, pues, en todo momento un derecho legítimo el tener conocimiento del desempeño de las funciones de cualquier órgano de gobierno, incluyendo las Fuerzas Armadas, en el principio contenido en el mismo numeral como de “máxima difusión”, a su vez esta misma ley representa un menoscabo a la información pública contenido en el apartado A del mismo precepto legal, pues, el Estado teniendo la capacidad discrecional de correlacionar cualquier actividad que detente o ponga en riesgo a las “Instituciones” y su “gobernabilidad”, podrá ser sujeta a investigaciones de cualquier clase como “inteligencia para la Seguridad Interior”, “Uso legítimo de la fuerza”, lo que lo vuelve un sujeto vulnerable y amedrentadopor el sistema del propio Estado y así lo vulnera sus derechos más legítimos y elementales de la libertad de expresión y acceso a la información pública.

e) En relación a los preceptos número 11 y 12, que en su literalidad expresa “Corresponde a las autoridades federales, incluyendo las Fuerzas Armadas, por sí o en coordinación de las demás órdenes de gobierno, identificar, prevenir, atender, reducir y contestar la Amenazas a Seguridad Interior.

El Presidente de la República podrá ordenar por sí o a petición de las legislaturas de las Entidades Federativas, o de su Ejecutivo en caso de receso de aquellas, la intervención de la Federación para la realización e implementación de Acciones de Seguridad Interior en el territorio de una Entidad Federativa o zona geográfica del país, previa emisión de una Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior, cuando se actualice alguna de las siguientes Amenazas a la Seguridad Interior y estas:

• Comprometan o superen las capacidades efectivas de las autoridades competentes para atenderla, o

• Se originen por la falta o insuficiente colaboración de las entidades federativas y municipios en la preservación de la Seguridad Nacional, de conformidad con lo previsto en el segundo párrafo del artículo 1 de la Ley de Seguridad Nacional.

Aquellas amenazas a la Seguridad Interior  que no requieran declaratoria en términos del presente artículo serán atendidas por las autoridades conforme a sus atribuciones y a las disposiciones legales que le resulten aplicables.” Así como el artículo 12 “En los casos a los que se refiere el artículo anterior, el Presidente de la República, previa consideración del Consejo de Seguridad Nacional, determinará la procedencia de la intervención de la Federación y expedirá, dentro de las setenta y dos horas siguientes, contadas a partir recibir solicitud, la Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior, la cual deberá modificarse por conducto de la Secretaría de Gobernación a la Comisión Bicameral de Seguridad Nacional y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, así como publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en los periódicos o gacetas oficiales de las entidades federativas afectadas.” Ambos artículos contravienen el artículo 21 Constitucional, pues ya que el ejercicio de investigación de los Delitos corresponde en todo momento al Ministerio Público y a las policías. Si bien, desempeñaran auxilio a las policías municipales y/o estatales, la participación y esencia de la declaratoria de Seguridad Interior e intervención de las Fuerzas Armadas es por verse rebasadas las policías del orden civil, por lo que la aplicación de las Fuerzas Armadas en labores de control y vigilancia es únicamente y por las fuerzas públicas civiles.

Además, en el cuarto párrafo del mismo artículo citado, expresa “La seguridad pública es una función a cargo de la federación, las entidades federativas y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva… (Ídem)” por ello, existiría una contradicción de funciones y que al mismo tiempo contraviene la Constitución Federal, y por ello vuelve inconstitucional la ley.

f) El artículo 30 de la LSI, “Las Fuerzas Federales y las Fuerzas Armadas desarrollarán actividades de inteligencia en materia de Seguridad Interior en los ámbitos de sus respectivas competencias. Al realizar las tareas de inteligencia, las autoridades facultadas por esta Ley, podrán hacer uso de cualquier método lícito de recolección de información

Toda obtención de información de inteligencia se realizará con pleno respeto a los derechos humanos reconocidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.” Sin embargo, al referirse que “podrán hacer uso de cualquier método lícito de recolección de información”, no se especifica cuáles son los métodos lícitos para el ejercicio de la obtención de datos. Lo que al ser obscuro o ambiguo el proceso de su realización contraviene el artículo 16.Constitucional, lo cual resulta improcedente e inaplicable y además detenta y genera un menoscabo a la esfera jurídica de las personas.

De verdad que da gusto ver como los ciudadanos toman en cuenta las instituciones para combatir y luchar por lo que sugieren va contra los mexicanos, ahora habrá que esperar la resolución y respetar sea cual sea el fallo.

davidcastellanost@hotmail.com

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Opinión

¡excelente! No como los de Tampico

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El Premio Ceneval al Desempeño de Excelencia EGEL es un galardón que reconoce los valores y cualidades deseables en los profesionistas actuales: esfuerzo, dedicación, integridad y compromiso social.

Y con todo lo anterior cumplen alumnos de enfermería de la UAT, pero no, no crea que se trata de los revoltosos de Tampico, no, para nada, le estoy hablando de al menos 25 egresados de la Unidad Académica Multidisciplinaria Mante, quienes obtuvieron su distinción EGEL.

¡Ahí le va! Sin importar la sección o el área a la que se esté haciendo referencia en el CENEVAL, un puntaje: Entre 700 y 999, corresponde a un nivel de desempeño aún no satisfactorio. Entre 1,000 y 1,149 indica un nivel de desempeño satisfactorio. Mayor o igual a 1,150, corresponde a un nivel sobresaliente. De ese tamaño, el nivel y aprendizaje de los egresados de Enfermería de la UAM Mante- de la Universidad Autónoma de Tamaulipas.

Por eso la UAT no desaprovecho la oportunidad de reconocer el logro nacional EGEL a los egresados de Enfermería en la UAM Mante en un acto emotivo,  donde la máxima casa de estudios destacó su reconocimiento a este grupo de enfermeros y enfermeras por haber obtenido una alta distinción que refleja su compromiso con la excelencia en el cuidado de la salud; sus resultados en el examen EGEL Plus ENFER demuestran la solidez de sus conocimientos teóricos y habilidades prácticas excepcionales en el campo de la enfermería.

Este logro,  que es también es de sus padres y todo aquel que ha estado involucrado en el aprendizaje y crecimiento académico de los jóvenes, eleva un reconocimiento especial a la Mtra. Laura Guadalupe Núñez Torres, coordinadora de la Licenciatura en Enfermería.

Ahora estos jóvenes profesionistas ya están listos para desempeñar su labor social con el más alto nivel de calidad y compromiso, siendo verdaderos embajadores del bienestar en el sector de la salud, tanto a nivel nacional como internacional.

La evaluación del EGEL no solo certifica la competencia académica de los egresados, también les otorga una ventaja significativa en el campo laboral.

En la intimidad… El abogado y Doctor en Derecho Penal, Juan Jorge Olvera Reyes, catedrático de la clase Juicio de Amparo, en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la UAT Campus Tampico- Madero, es en la entidad, uno de los principales y mayores promotores de la cultura de los derechos humanos, pero además, su dualidad como abogado litigante por varias décadas  lo ha convertido en un icono de la defensoría en el territorio tamaulipeco y el resto de México, por eso, y me quedo corto, es que Olvera Reyes, se convirtió en uno de los prospectos más sólidos para presidir la Comisión Estatal de Derechos Humanos en el estado.

davidcastellanost@hotmail.com
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Opinión

De risa 

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De verdad que me causó mucha risa ese tema de los “artistas” de Tampico. La candidata a la presidencia municipal Rosa María González Azcárraga, les propuso crear el Premio Municipal del Arte y la Cultura, esto, luego de una reunión con la “comunidad artística” porteña. 

Y les digo que me dio mucha risa, no por la propuesta de González Azcarraga, no, para nada, si los candidatos están para decir lo que queremos escuchar, sino porque fui testigo de cómo de la nada los propietarios de la Casa Gándara, la pusieron a disposición de la comunicadora artística y estos invadidos en su ego, nunca, pero nunca de los nunca supieron aprovecharla, bueno, están tan lejos de una realidad proactiva y productiva que una década después don Carlos Dorantes del Rosal, eligió comprar Casa Gándara para convertirla en un gran museo para Tampico. 

Dice Cendy Robles en un video que publicó hace poco: “¿adivinen dónde estoy? Estoy en el Rancho del Ego más grande de Tamaulipas”, refiriéndose a la hermosa propiedad de Francisco Javier García Cabeza de Vaca, pero es que se nota que Cendy o Sendi Robles, no sale de la capital, hay egos más grandes, ya ve el de los artistas de Tampico o bueno, el de Memo Martínez o a Egidio Torre, esos sí que eran egos, y claro, suficiente con lidiar con Francisco Chavira Martínez, para conocer de egos gigantescos pero ese no es el tema. 

Lo irrisorio es la “necesidad”, de instituir el Premio Municipal de Arte y Cultura, para reconocer a los artistas y exponentes culturales más destacados en los diferentes géneros; además de incentivar la formación y desarrollo de nuevos talentos.

Paro también es parte de la verdad que la reunión con la comunidad artística de Tampico, y Rosa González Azcárraga, Candidata a la Presidencia municipal fue el compromiso de darle un fuerte impulso al desarrollo artístico y cultural, mediante la ampliación de espacios para la expresión y a través de actividades que involucren a las y los artistas tampiqueños, de los distintos géneros culturales.

Rosa González agregó que otro de los aspectos expuestos en la reunión fue el de fortalecer y consolidar la sinergia entre la comunidad cultural y los esfuerzos que se desarrollan en el ámbito turístico, con el propósito de ampliar la participación de los artistas y generar nuevas actividades de interés turístico en los distintos espacios que ofrece la ciudad.

En la intimidad… El que anda como si anduviera montado a caballo es  Marcelo Abundiz, candidato al distrito 18 en Altamira.

¡Ya se la sabe! Abundiz, Rey de Reyes en uno de los reinos de Ameriking, presume tener sus bases en los principios humanistas del movimiento que ha logrado impactar positivamente en el electorado.

Desde caminatas, recorridos y reuniones de trabajo, Marcelo Abundiz ha logrado difundir  el proyecto de Regeneración Nacional a cientos de altamirenses, quienes ayudarán a continuar con el segundo piso de la 4T.

¡iiiiuuuuu! 

davidcastellanost@hotmail.com 

@dect1608.

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Opinión

Nuevos cuestionamientos, mismos actores

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Por: Zaira Rosas
zairosas.22@gmail.com

Llega el momento del segundo debate presidencial, donde los temas a tratar serán economía, desigualdad, empleo y cambio climático. En medio de estos ejes también saldrá la necesidad de vislumbrar quién tendrá una agenda feminista, quién tiene propuestas claras para las y los jóvenes que buscan nuevas oportunidades, cuáles serán los planteamientos para un mayor equilibrio en un país que tiene más de 46 millones de personas en situación de pobreza. En este último punto la candidata Claudia Sheinbaum lleva ventaja, no por su trabajo sino
por la popularidad del actual presidente quien ha sabido posicionar “primero los pobres” durante su gestión.

El tema del momento no solo en el debate presidencial sino también en cuestionamientos locales y una de las grandes preocupaciones de un público mayoritariamente joven, es el cambio climático, a las y los jóvenes les urgen propuestas que tengan que ver con el cuidado del agua, con la regulación de los suelos, poner un freno al deterioro de zonas naturales y la deforestación. Este tópico es verdaderamente urgente, pues en la actualidad parece oponerse al progreso y las propuestas de mejora no toman en cuenta la tecnología a favor para un mundo más verde.

El segundo debate es una nueva oportunidad para reposicionar las preferencias, pues, aunque Claudia se declarara ganadora y la menos afectada por analistas en los ataques, su preferencia disminuyó al igual que la de Xóchilt Gálvez, sin embargo, el verdadero ganador fue Jorge Álvarez Máynez quien ha comenzado a posicionarse de manera constante principalmente entre centennials de 18 a 27 años. ¿Cómo le favorece esto? Ha entrado a la mesa del diálogo, los planteamientos que antes se hacían entre dos personas comienzan a ampliarse y a ver cuán viables podrían ser las propuestas del candidato.

Máynez ha sido el de mejor estrategia política, va liderando la conversación digital, su canción es tendencia en plataformas de reproducción en Spotify y si bien aún no traduce su popularidad en votos contundentes, tomando en cuenta que la población joven que aún está indecisa es un número considerable, podría dar sorpresas en próximos días respecto a su despunte de aprobación. Algunos estrategas políticos hablan del error de enfocarse en el sector de jóvenes, dejando de lado otros, al respecto Máynez señala que la importancia está en que la gente le conozca para después tener la oportunidad de ser escuchado y entonces los
demás puedan decidir.

Por su parte Xóchilt Gálvez tiene una tarea mayor ya que fue la menos favorecida en el primer debate pese a ser el segundo lugar de oposición. El problema mayor que enfrenta la candidata es que su avance en popularidad es por la inconformidad de quienes quieren un gobierno distinto al de morena, pero en realidad no genera una verdadera afinidad con sus votantes, de ahí la necesidad de que en esta ocasión tome una estrategia más cercana a su persona y menos
ensayada que termine haciéndola parecer nerviosa.

Por su parte Claudia Sheinbaum seguirá recibiendo cuestionamientos y ataques de los errores en turno y en esta ocasión si no se centra en propuestas contundentes puede seguir disminuyendo la popularidad.

Al final las elecciones son un concurso que cada vez se centra más en quién es conocido por quién, poco conocemos de lo que las personas contendientes esperan plantear para el rumbo del país y las respuestas de un debate no alcanzan a profundizar en sus estrategias, son pinceladas para identificar tipos de personalidad y datos turbios de oposición, estos últimos se incrementan conforme nos acercamos a la fecha final y las publicaciones editoriales no son la excepción con nuevas revelaciones del gobierno en turno y sus posibles vínculos al
narcotráfico mediante figuras de poder.

El 2 de junio es la fecha final que define el rumbo de México, mientras tanto sigamos pendientes de las percepciones en este debate y atendamos los cuestionamientos del tercero para ver que respuestas nos brindan los actores en escena. ¿Quién está verdaderamente en condiciones de hacer frente a nuestro presente para construir un mejor futuro?.

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Opinión

Semana tres ¡comenzamos!

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Mientras los candidatos a la presidencia de la República Mexicana cumplen con su respectivo momento vergonzoso  en el segundo debate. En Tamaulipas siguen los cocolazos.

Como auténtica serie de Netflix, el alcalde con licencia de Altamira, Armando Martínez Manríquez concluyó con éxito la segunda semana de proselitismo legal.

Aunque parece mentira que se pueda escapar sin quién le haga frente e impida su segundo periodo consecutivo como presidente municipal, el autollamado “candidato de la continuidad”,  ya visitó diversos rincones de Altamira y dialogó con múltiples organizaciones sobre sus propuestas y ejes de trabajo para el próximo periodo municipal fortalecido.

De todo el sur de Tamaulipas, es el “doctor de doctores”, Armando Martínez Manríquez, candidato a la presidencia municipal de Altamira por la coalición “Sigamos Haciendo Historia” (MORENA, PT y PVEM), el aspirante que pinta para llevársela caminando, bueno, nadie, ni el invencible Chucho Nader, parece la tiene tan fácil como Armando.

Por cierto la que recién terminó fue una semana intensa  con el recibimiento de la candidata a la presidencia de México, Claudia Sheinbaum Pardo, así, fue como dio comienzo Martínez Manríquez a sus ajetreados últimos siete días en los que llevó a cabo desde recorridos por colonias, foros de diálogo, reuniones y hasta actividades de acondicionamiento físico, todo ello con el fin de hacer sonar su proyecto de continuidad para el periodo municipal 2024 – 2027.

Ahora, vamos a observar con qué sale el doctorazo en esta tercera semana de elecciones.

En la intimidad… Por cierto después de la inbicilidad de Claudia Sheinbaum, en la conferencia de prensa celebrada la semana pasada en el Hotel «Posada de Tampico», al asegurar que de ganar la presidencia analizará traer agua del Río Papaloapan a la Zona Metropolitana del Sur de Tamaulipas cuando dicho cause desemboca en Golfo de México, pero a unos 500 kilómetros de distancia de Tampico, de verdad que lo que diga pierde toda credibilidad, por algo la candidata buena para nada del PRIAN le dice: “candidata de las mentiras”, porque si no son mentiras, son sandeces.

davidcastellanost@hotmail.com
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