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Profeco señala a 30 harinas para hot cakes que retirará del mercado

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Esta semana la Procuraduría Federal del Consumidor anunció retirar del mercado 30 marcas de harina para hot cakes por no cumplir los estándares de las normas oficiales mexicanas.

La Profeco anunció que a través de un estudio realizado a varias marcas se tomó la decisión de retirar 30 de 52 harinas estudiadas debido a que algunos de estos contienen menos producto el declarado y no cumplen con las normas de etiquetado, además de eso, sus leyendas son engañosas o no cumplen con las normas en materia de harinas o envasado.

Entre algunas de las marcas que se retirarán se encuentran Dinat; Dinat baja en azúcares; Bobs Red Mill, sin gluten y Homestyle; Tasty; Morama; integra; true amaranto y Eat Natural Lima Limón.

Entre las marcas retiradas que declaran más contenido del que realmente tienen superando el margen de tolerancia 3% que incumplen se encuentran marcas como Quaker, Gamesa Select, Gamesa tradicional, pronto y pronto premezclada.

Así como señalan que las harinas que no se recomiendan para los niños son Lucky Charms y True Amaranto.

Se señala que las marcas que aseguran que tienen cierto contenido de proteína y que este es inferior al constatado son los casos de Dmills, Integra, Morama, Mundo Light y Ruf.

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Tiktoker recupera su cartera intacta

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Un tiktoker extravió el festival Pa’l Norte y tras perder las esperanzas de recuperarla se le fue devuelta semanas después en un paquete.

Se narra que el tiktoker Raul Port extravió su cartera a finales de marzo tras el festival palnorte en Monterrey, hecho que compartió con sus seguidores en TikTok agregando que a pesar de usar AirTag, no logró encontrarla, rastreándola finalmente hasta la Ciudad de México.

Sin embargo, días después de hacerse viral su video, recibió un paquete anónimo con su cartera, casi todo el dinero y sus identificaciones descontando el envío hasta su domicilio.

El gesto se viralizó en TikTok, donde la gente aplaudió la solidaridad del desconocido y espera que más personas sigan su ejemplo.

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Kalimba es vinculado proceso por abuso sexual

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El cantante mexicano Kalimba, fue vinculado a proceso por las autoridades, por abuso sexual en contra de otra cantante.

El cantante fue señalado por otra cantante que a través de redes sociales el 16 de marzo del 23, lo acusó de haber cometido abuso sexual agravado en contra de ella, interponiendo también una denuncia.

Ante esto Kalimba dijo que las acusaciones eran falsas y que ya no iba a permitir que se siga dañando su imagen comenzando una disputa legal.

El cantante esta semana fue vinculado y participó en una audiencia ante el poder judicial capitalino que dio 6 meses para comenzar la investigación y luego proceder al juicio.

A pesar del juicio Kalimba confirmó que seguirá con su gira artística incluyendo fechas en Estados Unidos.

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Subastan Limón de 285 años

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Un limón de aproximadamente 285 fue subastado por 1.780 en Inglaterra.

El Limón había sido encontrado en la parte trasera de un viejo cajón de un gabinete que también iba a ser subastado.

El Limón en su piel tenía una escritura que indicaba que había sido entregado por P Lu Franchín el 4 de noviembre de 1739 a la señorita e Baxter.

Tras el hallazgo el Limón entró en la subasta y aunque en un principio se pretendía hacer una broma proponiendo su monto de 5176 la fruta alcanzó una suma de 1.780 en Reino Unido.

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Suprema Corte niega amparo a Coca-Cola que buscaba contraetiquetado de alimentos

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La suprema corte de justicia de la nación respondió negando el amparo a la compañía Femsa Coca-Cola que buscaba retirar los sellos.
El amparo de la mega compañía de Coca-Cola buscaba evitar los sellos de etiquetados de alimentos en busca de proteger el derecho de la salud de los consumidores.

Se señalaba que esta norma inhibía la libertad de consumo y vulneraba la libertad de comercio amparo presentado por Santa Clara Mercantil de Pachuca, filial del fomento económico mexicano Femsa Coca-Cola en México.

En el primer debate sobre el amparo, los ministros rechazaron el mismo, señalando que esto no vulneraba la libertad de comercio y libre concurrencia de ninguna empresa, puesto que se trataba una medida que persigue advertir al consumidor sobre el contenido de los alimentos procesados, señalando que este tiene un fin constitucionalmente válido permitiendo los consumidores identificar de manera rápida los productos industrializados nocivos para la salud de las personas.

El congreso señala que el etiquetado de los alimentos no es invasivo y resulta ser un medio idóneo, apto y adecuado para cumplir con la finalidad válida puesto que permite a los consumidores realizar la elección de sus productos más saludables a partir de identificar su envoltura.

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