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Aprueban reforma para prohibir terapias de reorientación sexual

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Esta semana la cámara de diputados aprobó prohibir y sancionar las terapias de reorientación sexual para personas lgbti+ en el país mexicano.

Con 267 votos a favor, 104 en contra, y 33 abstinencias la cámara de diputados aprobó la reforma y adicional a diversas disposiciones al Código Penal Federal, adicionando un artículo 465 a la ley general de la salud, para prohibir y sancionar penalmente las terapias de reorientación sexual.

Estas terapias consisten en tratar de volver a una persona lgbti+, hacer una persona heterosexual.

Las sanciones van desde 2 a 6 años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la unidad de medida y actualización, es decir alrededor de 103,740 a 207,488 pesos a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie estas terapias de reorientación.

Además de esto se aumentará el doble, cuando las conductas se apliquen en contra de menores de edad, adultos mayores o personas con discapacidad.

En el caso de los padres o tutores de la víctima se aplicarán sanciones de amonestación o apercibimiento a consideraciones del Juez.

A su vez se explica que si la persona autora tiene relación laboral, docente, doméstica como médico o cualquier otra que implique una subordinación conforme a la víctima, tendrán distintos castigos que van desde la institución e inhabilitación para desempeñar el cargo o comisión que se tenga, hasta tiempo de pena impuesta.

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