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Senado prohíbe usar menores de edad para mendigar

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En unanimidad el pleno del senado prohibió que las madres, padres o cualquier familiar o adulto utilicen a menores de edad para mendigar, estableciendo de obligación a los adultos, autoridades federales estatales y municipales de vigilar que los menores de edad no vivan situación de mendicidad.

El senado informó que dentro de las responsabilidades de velar por el sano desarrollo de los menores de edad se adquiere la de brindar el acceso a una vida libre de condiciones de mendicidad entendiendo por esto toda situación que implique solicitar limosna para una tercera persona.

Se destaca que de acuerdo con una medición realizada en 2017 del inegi, 3.2 millones de menores entre 5 y 17 años de edad tiene que trabajar, de estos 2.1 millones lo hacen actividades no permitidas y 1.1 millón trabajan en labores domésticas no adecuadas, aclarando que el contexto de la mendicidad infantil ya sea producto de la trata de personas o de alguna otra modalidad como necesidad de lograr subsistencia de familiar se plantea como problema en aumento.

La reforma será enviada la cámara de diputados para su aprobación con una nueva obligación para los adultos en la ley general de protección de las niñas niños y adolescentes que estipula que corresponde a quienes ejerzan la patria potestad tutela o guarda o custodia de los menores, la obligación primordial de proporcionar dentro de sus posibilidades y medios económicos las condiciones de vida suficientes para un sano desarrollo.

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