Este miércoles la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación informó que los gobiernos de los Estados no pueden declarar a las corridas de toros y las peleas de gallo como “patrimonio cultural inmaterial”.
Esto ante el amparo promovido por una asociación civil que solicitó invalidar el decreto del Estado de Nayarit que buscaba calificar como “patrimonio cultural inmaterial” a la fiesta taurina, las peleas de gallos, los jaripeos y carreras de caballos.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el Congreso estatal carece de facultades legales para emitir estas declaratorias, sin que la sentencia se discutiera sobre si deben prohibirse o no, ya que esta cuestión no fue planteada en el juicio de amparo.