Este martes la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó una porción normativa de la Constitución del estado de Veracruz que reconocía el derecho a la vida desde la concepción, así como la disposiciones del Código Civil de Veracruz que excluían del régimen del matrimonio a las parejas del mismo sexo.
La SCJN este martes había invalidado el segundo del artículo 4 de la Constitución del estado de Veracruz, el cual reconocía el derecho a la vida desde la concepción y hasta la muerte natural, argumentando que el legislador local carece de facultades para modificar el núcleo esencial del derecho a la vida; además, este permitía restringir otros derechos fundamentales, especialmente de mujeres y personas gestantes.
A su vez invalidó las disposiciones del Código Civil de Veracruz que excluían del régimen del matrimonio a las parejas del mismo sexo al no disponer que éste deba celebrarse forzosamente entre un hombre y una mujer, utilizando sustantivos neutros, como cónyuges, cónyuge, excónyuge o excónyuges.