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Se puede denunciar a Carlos Canturosas de manera individual o colectiva ante el INAI

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Nuevo Laredo Tamps.- De acuerdo a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se puede denunciar a funcionarias y funcionarios públicos por incumplimiento a las obligaciones de transparencia, es decir, el ex alcalde Carlos Canturosas Villareal puede ser denunciado de forma individual o colectiva, por no encontrarse toda la información relacionada a la utilización de recursos públicos en el periodo 2013-2016 a la que está obligado.

La Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública en su Capítulo III especifica que los sujetos obligados a la transparencia de información deberán poner a disposición del público la siguiente información, el contenido de las gacetas municipales, las cuales deberán comprender los resolutivos y acuerdos aprobados por los ayuntamientos y las actas de sesiones de cabildo. Información que tampoco se encuentra al cien por ciento.

El intentar abrir el portal www.nuevolaredo.gob.mx/…/XI._SUBSIDIOS_Y_SUBVENCIONES_N…
solo aparece una hoja en blanco donde se lee lo siguiente “RELACION Y SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES QUE OTORGUE Y SUS BENEFICIARIOS”, al final de la misma hoja en blanco, se lee “Instituto Municipal de Investigación, Planeación y Desarrollo Urbano de Nuevo Laredo, Tamaulipas”.

El Capítulo VII del Artículo 89 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública especifica que: Cualquier persona podrá denunciar ante los organismos garantes la falta de publicación de las obligaciones de transparencia previstas en los artículos 70 a 83 de esta Ley y demás disposiciones aplicables, en sus respectivos ámbitos de competencia.

En su Artículo 90 hace referencia al procedimiento que se debe seguir para dicha denuncia y en su Artículo 91 menciona que la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia deberá cumplir, al menos, los siguientes requisitos:
I. Nombre del sujeto obligado denunciado, que en este caso es el ex alcalde de Nuevo Laredo Carlos Canturosas en el periodo 2013-2016
II. Descripción clara y precisa del incumplimiento denunciado;
Y la persona que denuncia o el organismo deberá proporcionar una dirección de correo electrónico para recibir notificaciones.

Artículo 92 menciona que la denuncia podrá presentarse de la forma siguiente:
Por correo electrónico o por escrito, presentado físicamente, ante la Unidad de Transparencia.

Y las quejas se interpondrán a través de la Plataforma Nacional de Transparencia al correo electrónico denuncia@inai.org.mx; o bien, con la presentación física de la denuncia ante la Oficialía de Partes del El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), ubicada en Insurgentes Sur 3211, colonia Insurgentes Cuicuilco, delegación Coyoacán.

La o las personas que denuncien contarán con la asesoría telefónica del Centro de Atención a la Sociedad del instituto (CAS), cuyo número es 01 800 385 4324, en un horario de lunes a jueves de 9:00 a 18:00 horas y los viernes de 09:00 a 15:00 horas.

En el Artículo 95 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública menciona que el sujeto obligado debe enviar al organismo garante correspondiente, un informe con justificación respecto de los hechos o motivos de la denuncia dentro de los tres días siguientes a la notificación anterior. Los organismos garantes, en el ámbito de sus competencias deben resolver la denuncia, dentro de los veinte días siguientes al término del plazo en que el sujeto obligado debe presentar su informe o, en su caso, los informes complementarios.

Por Verónica Cruz Frías

 

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