Se modificarían anexos, buscando evitar cobros injustificados a consumidores
Ciudad de México.- La Procuraduría Federal del
Consumidor (Profeco) da a conocer que a solicitud de su titular, Ricardo
Sheffield Padilla, y en protección de los derechos de los consumidores de Gas
Natural Naturgy México S.A. de C.V., la Comisión Reguladora de Energía (CRE)
aceptó modificar los términos del permiso de distribución a la empresa, el cual
les permitía hacer cobros discrecionales y arbitrarios a sus clientes.
Esto se deriva de que la Profeco recibió este año cientos
de quejas contra la empresa gasera por realizar cobros injustificados,
principalmente en las ciudades de Monterrey y Saltillo.
Se modificarían varios anexos relativos a Términos y
Condiciones para la prestación del servicio, Procedimiento de Estimación de
Consumo y Solicitud de Prestación del Servicio de Distribución con
Comercialización de Gas Natural para Usuarios Finales de Bajo Consumo, entre
otros.
De igual manera, se prevé establecer las
causas por las cuales los consumidores podrán rescindir el contrato de
servicio, entre las cuales se encuentra incumplimiento de la empresa al
contrato de servicios y cuando no comience la prestación del servicio en la
fecha estipulada en dicho contrato.
De acuerdo con el proyecto de resolución, Naturgy México
S.A. de C.V. deberá presentar semestralmente a la CRE a más tardar 10 días
posteriores a la fecha en que se cumpla el semestre un registro desagregado de
forma mensual que muestre por tipo de usuario el consumo total facturado,
distinguiendo el volumen realmente medido y estimado, los ingresos por
facturación estimada y medida, consumos corregidos facturados, desglosando el
número de usuarios
La gasera debe registrar y mantener el contrato para la
prestación del servicio de distribución a consumidores ante la Profeco.
Se proponen y especifican términos para
acabar con los cobros discrecionales por estimación.
Por su parte, los usuarios deberán mantener pagos
estables evitando que se acumulen consumos de varios periodos, pudiendo
incurrir en la imposibilidad de pago, y en su caso, el corte del suministro.